Para ser elegible para recibir servicios como participante de ALW, una persona debe cumplir con todos los siguientes criterios de elegibilidad de ALW:

  1. 21 años o más;

  2. Tener elegibilidad completa de Medi-Cal con cero participación en el costo;

  3. Tener necesidades de atención iguales a las de los residentes financiados por Medi-Cal que viven y reciben atención en centros de enfermería;

  4. Dispuesto a vivir en un entorno de vivienda asistida como alternativa a un centro de enfermería;

  5. Capaz de residir de manera segura en una instalación de vivienda asistida o vivienda pública subsidiada;

  6. Capacidad y voluntad de pagar la tarifa de alquiler cobrada por la instalación de ALW (a través de la seguridad social u otra forma de ingresos)

  7. Dispuesto a vivir en un entorno de vivienda asistida ubicado en uno de los siguientes condados que brindan servicios de ALW:

Condados de Alameda, Contra Costa, Fresno, Kern, Los Ángeles, Orange, Riverside, Sacramento, San Bernardino, San Diego, San Francisco, San Joaquín, San Mateo, Santa Clara y Sonoma.

Nota: La Exención de vivienda asistida no paga el alojamiento y la comida de los participantes. Los participantes de la exención son responsables de realizar los pagos de alojamiento y comida (también conocido como alquiler) a los propietarios de instalaciones residenciales para adultos, instalaciones de atención residencial para ancianos o viviendas públicas subsidiadas.

La mayoría de los participantes de ALW utilizan sus Ingresos del Seguro Social/Pago Suplementario del Estado (SSI/SSP) para pagar el alquiler.